Este proyecto será presentado el día lunes a fin de tratarlo sobre tablas el martes. El Consejo de Turismo tendría que realizar un Programa de Presupuesto Anual, pero en la práctica como Preside el Director de Turismo y no llama a reunión, se transforma en inútil su existencia.
Con este proyecto pretendemos reflotar el Consejo de Turismo y trabajar en el Presupuesto al menos someramente.
CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓNConcejal María Teresa Hube concejalhube@elbolson.gov.ar (02944-498-772)
comprometidos con la transparencia y la institucionalidad |
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO: La ordenanza nº 060/06 y el art. 2º de la C.O.M. y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario a los fines de la efectiva aplicación de la Ordenanza que se dictara oportunamente, la modificación de la misma
Que el Consejo de Turismo está conformado por distintas entidades públicas y privadas, siendo su Presidente el responsable municipal de la gestión de gobierno de que se trate
Que ello así, no habría inconvenientes para el funcionamiento del Consejo, no obstante surge el impedimento, al limitarse al Consejo que su convocatoria la realice exclusivamente el Presidente del mismo
Que aparece como adecuado, toda vez que entendemos se pretendió generar un ámbito de participación directa de sectores involucrados en los servicios turísticos –en el caso de los organismos privados- y de personas que tienen responsabilidad funcional en el área –en el supuesto de los poderes del Estado Municipal-, otorgar la posibilidad al Consejo a fijar días y horas de reuniones y que éstas sean habituales dada la importancia que cobra no sólo el Turismo como actividad productiva y cultural de la ciudad, sino por los fondos que se recaudan y que deben disponerse conforme lineamientos consensuados, habilitándose así la posibilidad de tomar decisiones y cumplir el cometido de la norma
POR ELLO: El Concejo Deliberante de El Bolsón
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA:
Art.1º: AGREGAR en el art. 6º de la Ordenanza 060/06 el siguiente inciso:
“Art. 6º: Inc.i) Fijar días y horas de reunión las que no podrán ser inferiores en número a una (1) reunión por mes”
Art. 2º: QUITAR el inciso a) del art. 7º de la Ordenanza 060/06
Art. 3º: MODIFICAR el art. 8º de la Ordenanza 060/06 el que quedará de la siguiente forma:
“Art. 8º: El Consejo sesionará con la presencia de la mayoría simple de sus integrantes, debiendo en todos los casos estar notificados de la sesión todos sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de sufragios, excepto la Propuesta de Presupuesto Anual, que requiere la mayoría de cinco (5) de sus miembros. En caso de empate, el Presidente tiene doble voto.”
Art. 4º: REGISTRAR, promulgar, notificar a las partes interesadas, publicar y cumplido, archivar.

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