Acompaño proyecto presentado en la fecha, tendiente a generar un espacio de recreación diurno en Barrio Usina. El proyecto es de mi autoría con el acompañamiento de los concejales García, Caro y Gori.
VISTO: El art. 41 de la Constitución Nacional, la Ley General de Ambiente N° 25.675; Art. 84 de la Constitución Provincial y los arts. 202 que dice: “El Municipio deberá intervenir en la conservación y mejoramiento de las cuencas de agua cuidando de preservar los mallines y humedales”, 203 dice: “se garantiza a la población el acceso a los espejos de agua con fines recreativos conforme a la reglamentación que se determine”, 164 dice: “El Municipio de El Bolsón ejerce las facultades otorgadas por la Constitución Provincial en su carácter de autoridad ambiental dentro de su ejido municipal” y 165: “El gobierno municipal protege los recursos naturales y el óptimo estado de sanidad del medio ambiente. Insiste mediante la legislación, la administración municipal, la educación, la divulgación y el accionar social para preservar a perpetuidad la herencia natural y asegurar la calidad de vida en un ambiente sano y equilibrado evitando el deterioro del ecosistema y previendo la reparación generacional”, artículos todos de la Carta Orgánica Municipal y
CONSIDERANDO:
Que vecinos del Barrio Usina han solicitado por nota nº 870 se declare de interés público municipal a una franja costera comprendida desde la unión de las calles Avda. Las Flores y Avda. Libertad hasta la desembocadura del Arroyo del Medio a fin preservar el especio con fines recreativos, donde las familias Vargas y Lobos han realizado forestaciones, siendo destacada la actuación en este sentido de Doña Ester Ortega Ávila de Vargas, quien falleciera el 16 de abril de este año dos mil diez
Que a este sector entendemos adecuado agregarle el sector que rodea al arroyo del Medio dado que es preciso el cuidado de las costas de arroyos a fin de prevenir mayores contaminaciones a las ya existentes
Que si bien la ribera del río es de jurisdicción del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y que las costas son de dominio publico, es acorde con nuestro perfil turístico y de mejor vivir que proponemos para la localidad, el generar normativas de cuidado expreso de sitios que los vecinos identifican como necesarios para la comunidad.
Que además el sitio es parte del sendero del circuito turístico hacia “Cascada de la Virgen”, “Cascada Escondida” y “Cabeza del Indio”
POR ELLO: El Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Bolsón
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A:
Artículo 1ª: Declarar de Interés Público Municipal y con finalidad de uso recreativo diurno la franja costera del Río Quemquemtreu comprendida desde la unión de las calles Avda. Las Flores y Avda. Libertad hasta la desembocadura del Arroyo del Medio y las costas del Arroyo del Medio hasta cinco metros desde su línea de ribera.
Artículo 2: Imponer el nombre de Espacio Recreativo Doña Ester Vargas al espacio mencionado en el artículo precedente.
Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-----
